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Villa María, cada vez más cerca del voto joven

La idea fue presentada a través del Concejo Deliberante Estudiantil. Los ediles analizan introducir en el padrón electoral de las elecciones de 2023 a los menores de 18 años. Una encuesta indica que nueve de cada diez villamarienses están de acuerdo

Por José Alvarez

Concejales estudiantiles de Villa María impulsan el proyecto de “Voto Joven”, por el cual solicitan al cuerpo deliberativo que el tema sea abordado en sesión ordinaria antes de que culmine el período legislativo del corriente año.

Los estudiantes secundarios que conforman el programa presentaron en la primera sesión del año un proyecto de resolución pidiendo a los ediles que adhieran a la Ley Nacional Nº26.774 de Ciudadanía Argentina, conocida como Voto Joven, y la adecúen a la normativa local vigente para garantizar el sufragio opcional de los jóvenes de 16 y 17 años en las elecciones municipales.

Con el firme propósito de que el proyecto sea abordado en por los referentes de los distintos bloques, los estudiantes impulsaron una junta de firmas para buscar adhesiones -no vinculantes- para apurar la propuesta. Además, pusieron a disposición del público un formulario en el que 1.700 personas dieron su opinión al respecto, arrojando un contundente 90 por ciento de apoyo. En otras palabras, nueve de cada diez villamarienses expresaron su apoyo a la iniciativa.

Qué dicen los jóvenes

La iniciativa para impulsar el voto joven en Villa María surgió de los estudiantes secundarios que participan del programa “Concejo Deliberante Estudiantil”. Se aprobó como proyecto de resolución del Concejo Deliberante Estudiantil en julio de este año y luego inició el camino administrativo. El concejal y vicepresidente del cuerpo deliberativo, Carlos De Falco, lo tomó y presentó un proyecto de ordenanza que está en tratamiento en la Comisión de Acuerdos.

“Asumimos que cada uno tiene el derecho a elegir y el deber de votar pensando en sus ideales, pero sobre todo en la patria que queremos”, señaló Sharon Castro, alumna del Instituto Secundario El Caminante y una de las impulsoras de la iniciativa. Destacó que “los jóvenes de 16 y 17 años podemos votar a representantes a nivel provincial y nacional, pero no a nuestros representantes locales como el Intendente, los concejales, tribunos de Cuentas y Auditor General”.

“La Ley de Ciudadanía Argentina establece el derecho de las personas jóvenes de 16 y 17 años, nativas o naturalizadas argentinas, a participar en elecciones, ejercer el derecho al voto y elegir a sus representantes” “La Ley de Ciudadanía Argentina establece el derecho de las personas jóvenes de 16 y 17 años, nativas o naturalizadas argentinas, a participar en elecciones, ejercer el derecho al voto y elegir a sus representantes”

“Nuestro sistema de gobierno federal indica que cada distrito debe aprobar por su cuenta la ampliación del voto y, allí radica nuestro requerimiento, el de acceder al derecho de ejercer la democracia por medio del sufragio para elegir a nuestro intendente”, completó Castro.

Otra estudiante, Antonia Córdoba, del Instituto Secundario Manuel Belgrano, hizo hincapié en la solicitud de los concejales estudiantiles y aseguró que se trata de una demanda genuina de los jóvenes: “Es un pedido entre los jóvenes, nosotros nos damos cuenta porque podemos votar a nivel nacional, pero no en nuestra ciudad, donde vivimos. Observamos lo que pasa todos los días, no podemos y hay bastantes jóvenes a los que les interesaría votar”.

La alumna destacó la importancia de contar con capacitación y formación política “para que no sólo vayan y voten, sino que sepan a quiénes están votando y puedan crear su propio ideal político y decidir a quiénes seguir”.

El proyecto en cuestión

El proyecto de los estudiantes que forman parte del programa local presentado por De Falco consiste en que los jóvenes y las jóvenes de 16 y 17 años puedan votar en las próximas elecciones municipales mediante la adhesión a la normativa nacional sancionada en el año 2012.

“El proyecto de los estudiantes que forman parte del programa Concejo Deliberante Estudiantil presentado por De Falco consiste en que los y las jóvenes de 16 y 17 años puedan votar en las próximas elecciones municipales mediante la adhesión a la normativa nacional sancionada en el año 2012” “El proyecto de los estudiantes que forman parte del programa Concejo Deliberante Estudiantil presentado por De Falco consiste en que los y las jóvenes de 16 y 17 años puedan votar en las próximas elecciones municipales mediante la adhesión a la normativa nacional sancionada en el año 2012”

La Ley de Ciudadanía Argentina establece el derecho de las personas jóvenes de 16 y 17 años, nativas o naturalizadas argentinas, a participar en elecciones, ejercer el derecho al voto y elegir a sus representantes.

Sobre esta propuesta, De Falco trabajó durante al año junto a los estudiantes. Coincidieron en que cada vez existe una mayor participación de este grupo etario ya sea en los clubes, en los barrios, en la escuela, en organizaciones sociales religiosas, partidos políticos y fundamentalmente en las redes sociales, donde se pueden apreciar opiniones de alto valor político.

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Carlos De Falco hizo suya la iniciativa de los estudiantes para tratar el voto joven.

Carlos De Falco hizo suya la iniciativa de los estudiantes para tratar el voto joven.

Además, puntualizó que “nuestra Carta Orgánica, en su artículo 188, dispone que el padrón electoral municipal se integrará con los argentinos mayores de 18 años con domicilio real en nuestra ciudad, lo que pareciera una valla jurídica casi insalvable, pero en nuestra opinión no es así, ya que la disposición aludida para esa época, tanto en Nación como en la Provincia, se sufragaba a los dieciocho años”.

“Resulta una grave paradoja, casi inadmisible, que este grupo de ciudadanos pueda elegir presidente y vicepresidente de la Nación, legisladores nacionales, Gobernador y legisladores provinciales y sin embargo no pueda elegir las autoridades del Iugar donde habitan”, agregó el abogado del bloque Hacemos por Córdoba. “Estamos ante un despropósito porque en derecho existe un axioma muy importante que dice: Quien puede lo más puede lo menos”, concluyó.

Ampliación de derechos

“Nos encontramos trabajando el proyecto en la comisión de acuerdos donde planteamos nuestra postura como bloque, reconociendo que es una ampliación de derechos y que los jóvenes tienen una posición a nivel nacional y provincial”, dijo el presidente del Concejo Deliberante, Pablo Rosso.

Y se refirió a la encuesta realizada por los estudiantes: “Los participantes se mostraron de acuerdo en que los jóvenes tengan la posibilidad de elegir a sus representantes más próximos. Continuaremos trabajando en comisiones para tratar de que este proyecto sea una realidad y pueda ser sancionado”, concluyó.

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Concejo Deliberante de Villa María.

Concejo Deliberante de Villa María.

Voto Joven en Nación

La reforma de la Ley de Ciudadanía (Ley 26.774) amplió el derecho al voto en elecciones nacionales a los y las jóvenes de entre 16 y 17 años, convirtiéndolos en sujetos protagonistas del ejercicio democrático. La reforma aplica para todo el territorio nacional en aquellas elecciones donde se eligen candidatos nacionales como presidente, vicepresidente, diputados y senadores del Congreso de la Nación. Para participar del acto electoral es necesario que los y las jóvenes actualicen su DNI de los 14 años y estén inscriptos en el padrón electoral. Si bien la normativa establece que el voto es obligatorio, la Ley no establece sanciones para los menores de 18 años que decidan no sufragar.

Voto Joven en la Provincia

La Legislatura de Córdoba aprobó la modificación del Código Electoral al cambiar el artículo 8 de la ley 9.571, ampliando la base electoral a los mayores de dieciséis años “hasta el día de la elección”, reuniendo los demás requisitos exigidos por la ley. El voto de los jóvenes de 16 y 17 años será optativo (no obligatorio), como lo es en el caso de los mayores de setenta años. Asimismo, se modificó la Ley Orgánica Municipal, en lo que se refiere a la conformación del cuerpo electoral municipal (artículo 129) y comunal (artículo 212), armonizando las disposiciones para la elección provincial y municipal.

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