Economía | Sergio Massa | Gobierno | Boletín Oficial

Comenzó a regir el programa de devolución del IVA: a quiénes alcanza y cómo acceder

La medida, que estará en vigencia hasta fin de año, tiene un tope de reintegro de $18.800 a acreditarse en 48 horas. Los trabajadores podrán acceder al beneficio si no superan los $708.000 anuales, mientras que para los jubilados el límite será de $524.758,56.

El Gobierno nacional formalizó este sábado la implementación del programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para productos incluidos en la canasta básica. La medida, denominada "Compre sin IVA", fue anunciada previamente por Sergio Massa y entró en vigencia este lunes.

El marco regulatorio para esta iniciativa está establecido en la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía y la Resolución General 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ambas publicadas en el Boletín Oficial.

La normativa dispone que la AFIP amplíe el alcance del actual régimen de reintegros, especificado en la ley 27.467 y la Resolución General 4.676/2023. Esto incluirá un aumento en el porcentaje de reintegro y en el límite mensual.

El programa de devolución del 21% del IVA en productos de la canasta básica establece un tope de reintegro de $18.800. Podrán beneficiarse trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como jubilados, pensionados por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.

En términos de ingresos, los trabajadores podrán acceder al beneficio si no superan los $708.000 anuales, mientras que para los jubilados el límite será de $524.758,56.

De acuerdo a lo informado oficialmente, el monto será devuelto en un tope de 48 horas.

Además, podrán acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares bajo el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o del Programa Potenciar Trabajo.

Con la entrada en vigencia de esta medida a partir de este lunes, se espera un alivio económico para amplios sectores de la población que podrán acceder a productos de primera necesidad a precios más accesibles.

Los detalles del programa

Alrededor de 20 millones de personas podrán obtener el beneficio en la adquisición de alimentos y productos de higiene personal. Pero para poder obtener un descuento de hasta $18.800 por mes y por persona, hay una opción para chequear en la web oficial de la AFIP si se entra en la categoría de beneficiario o no, pero que no incluye a los nuevos sujetos alcanzados (es decir, jubilados y pensionados, trabajadores de la economía informal, entre otros).

Devolución del IVA: cómo saber si se puede acceder al beneficiario del reintegro del IVA

1. Ingresar a: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

2. Se debe ingresar el CUIL y el código de seguridad.

3. Aparecerá en la pantalla si está o no incluido.

Es importante aclarar que esta web aplica solamente a beneficiarios anteriores como jubilados y pensionados que ya accedían al reintegro de $4.000 mensuales, no a las nuevos sujetos alcanzados.

Devolución del IVA: ¿qué pasa si no estoy incluido?

Si bien se pensaba que esta base es posible que no esté "actualizada", ya se activaron los sistemas para que 18 millones de personas puedan acceder al beneficio este lunes sin trámite previo.

Devolución del IVA: quiénes son las personas alcanzadas

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

e) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

f) Personal de Casas Particulares.

g) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Cuánto se deberá comprar para acceder al total mensual

Se reintegrará la totalidad del IVA de los productos de primera necesidad (21% del valor de los productos), con un tope de $18.800 mensuales por beneficiario. Para que te devuelvan $18.800, se deberá efectuar una compra de $89.523 en productos de la canasta básica.

El reintegro se efectúa a las 48 horas luego de la compra, sin embargo no se descarta acortar el proceso a 24 horas.

Qué ocurre con las billeteras virtuales

Por el momento las billeteras virtuales como Ualá, Mercado Pago, MODO u otras, no están incluidas. No se descarta que más adelante sí se incorporen.

¿Se puede hacer compras online y recibir el reintegro del 21%?

Sí. Si es con débito cuenta sueldo se efectúa el reintegro.

¿Se puede combinar otros beneficios y promociones bancarias?

Sí, mientras que sean con débito se pueden utilizar promociones bancarias y acumular descuentos. Vale recordar que el reintegro del 21% se realiza a la compra.

¿Hasta cuándo tendrá vigencia?

La medida entran en vigencia desde el lunes 18 de septiembre hasta el 31 de diciembre.

¿Qué productos son alcanzados?

En la canasta básica, según registra el INDEC están incluidos los siguientes productos:

Pan

leche

Galletitas de agua/dulces

Arroz

Harina de trigo y otras harinas

Fideos

Papa/batata/ hortalizas/frutas

Azúcar

Dulces

Legumbres secas

Frutas

Carnes

Menudencias

Fiambres

Huevos

Queso

Yogur

Manteca

Aceite

Bebidas no alcohólicas

Bebidas alcohólicas

Sal fina

Condimentos

Vinagre

Café

Yerba

Con información de Télam y Cba24n

Dejá tu comentario