A más de un año del crimen, la Cámara Federal de Corrientes ordenó la prisión preventiva de siete de los nueve militares acusados por la muerte del subteniente del Ejército Matías Chirino.
Ordenan la inmediata detención de los siete militares implicados en el crimen de Matías Chirino
Se les acusa de ser coautores del delito de homicidio simple. La Justicia también dictó la prisión preventiva en su contra. Hay otros dos militares más acusados en el caso, a quienes se les imputa la figura de partícipes secundarios del homicidio simple.
El tribunal resolvió revocar la calificación legal asignada de homicidio culposo contra los nueve militares acusados de la muerte del joven de 22 años y ordenó agravar su situación judicial: ahora serán imputados por homicidio simple.
Bajo la figura de coautores, la medida alcanza a siete implicados: Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna, Hugo Martínez Tárraga Reclus y Exequiel Emanuel Aguilar, Darío Emanuel Martínez, Luis Facundo Acosta y Gerardo Sebastián Bautista.
Además, la Cámara Federal de Corrientes ordenó dictar la prisión preventiva y la “inmediata detención” de esos siete militares.
Mientras que a los restantes dos, Claudia Daniela Cayata y Franco Damián Grupico, los enmarcó bajo la figura de partícipes secundarios de homicidio simple.
Matías Chirino era oriundo de Río Cuarto. El joven militar murió en la madrugada del 19 de junio debido a un “ritual de iniciación” realizado en el cuartel del Ejército en Paso de los Libres. Sus superiores y compañeros lo obligaron a consumir grandes cantidades de alcohol, meterse a una pileta helada y realizar ejercicios forzosos.
Chirino, quien tenía 22 años en ese momento, murió tras sufrir una broncoaspiración.
“Que se castigue de una vez por todas a quienes, en instituciones que pagamos entre todos, lo único que hacen es desprestigiarlas con prácticas que creíamos totalmente superadas”, remarcó Claudio Orosz. “(La Cámara) ha decidido que tenemos la razón. Esto no se trata de un homicidio culposo. Se trata de un homicidio doloso”, remarcó el abogado querellante.
El tribunal también solicitó “remitir copia de a resolución” al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Ministerio de Defensa de la Nación y al Ejército Argentino, “a fin de que se tome razón y se evite ¬en el futuro¬ prácticas compatibles con ‘rituales de iniciación’”.
“Por fin la familia Chirino comenzó a ser escuchada en serio por la Justicia”, expresó su abogado Enrique Fernando Novo luego de dar a conocer la resolución.
Según el artículo 79 del Código Penal, “se aplicará reclusión o prisión de 8 a 25 años al que matare a otro, siempre que en este Código no se estableciere otra pena”. Pero en los delitos contra la vida también se prevé pena a prisión perpetua.
Dejá tu comentario
Te puede interesar
- tragedia
-
-