El juez federal de San Isidro Lino Mirabelli rechazó este miércoles el pedido de “falta de acción” que había planteado el presidente Alberto Fernández, como abogado en causa que investiga lo sucedido en la fiesta realizada en Olivos en ocasión del cumpleaños de su pareja Fabiola Yáñez.
Fiesta en Olivos: rechazaron el pedido de "inexistencia de delito" pedido por Alberto Fernández
La decisión fue adoptada por Lino Mirabelli, juez federal de San Isidro. El fiscal también había dictaminado en contra.
El mandatario sostenía que no se había violado el decreto que él mismo había firmado en medio del aislamiento social preventivo y obligatorio para evitar que se propagara la pandemia del coronavirus.
En sintonía con el fiscal Fernando Domínguez, Mirabelli sostuvo que ”a la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández, a la cual adhirieron las defensas de Stefanía Domínguez, Carolina Marafiotti, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh y Severina Sofía Elizabeth Pacchi”.
En agosto pasado, Alberto Fernández argumentó que lo sucedido aquella noche en la quinta de Olivos no era delito y pidió que se declare extinta la acción penal y se decrete su sobreseimiento: “Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”.
El magistrado consideró que el cierre o falta de acción de una causa “sólo procede cuando en forma preliminar se advierte en forma palmaria la inexistencia del hecho o la atipicidad o la extinción de la acción penal, sin necesidad de investigación alguna”.

