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La Corte Suprema dispuso el regreso a la presencialidad plena en Tribunales

Quedarán exceptuados los pacientes con enfermedades con HIV o cáncer.

La Corte Suprema dispuso el regreso a la presencialidad completa en Tribunales desde el próximo 20 de octubre, como salida de la pandemia, con la sola excepción de pacientes con enfermedades tales como HIV o cáncer.

Mediante la Acordada 24/2021, firmada por los cinco jueces, el máximo tribunal adoptó la decisión en sintonía con el Poder Ejecutivo, que el 1° de octubre pasado había dispuesto "la prestación de servicios mediante modalidad presencial para todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional".

"Corresponde a esta Corte Suprema, como cabeza de este poder del Estado y en ejercicio de sus funciones de superintendencia, adoptar las medidas tendientes a la normalización de la prestación del servicio de Justicia", sostuvo la Acordada. Sólo quedarán exceptuados de concurrir personalmente a sus puestos de trabajo "los magistrados, funcionarios y empleados que se encuentren comprendidos en el Anexo I de la presente".

Ese Anexo establece puntillosamente que podrán pedir la licencia extraordinaria prevista al principio de la pandemia "personas con inmunodeficiencias congénitas, VIH, personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis y pacientes oncológicos y trasplantados".

La Corte recordó que "todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el ámbito respectivo". Además, exhortó a respetar "los protocolos establecidos".

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